¿Pueden los niños, niñas y adolescentes, en alguna edad o en alguna etapa de sus vidas, decidir con quién convivir? ¿pueden los menores decidir si quieren vivir con papá o quieren vivir con mamá? Con base en el Código de Infancia y Adolescencia colombiano, los niños, niñas y adolescentes no pueden elegir a ninguna edad con quien quiere vivir; sin embargo, es importante tener en cuenta que sí podrán dar su opinión, y entre más edad tenga el niño, la niña o el adolescente, su opinión será más valorada. Un niño de 12 años tendrá una opinión que será más valorada a través de o por parte del defensor de familia, el comisario de familia, el juez de la república, y entre más grande sea el niño, su opinión será más valorada.
A partir de los 12 años, un niño podrá incluso rendir testimonio judicial, y contando desde los 7 años, su opinión es escuchada y valorada, pero antes de esa edad no sería responsable valorar la opinión del niño. Sin embargo, la respuesta es que no pueden elegir, incluso un chico o joven adulto de 17 años no podría elegir con quien quiere vivir.
En el escenario en que un joven y su padre o madre tenga la custodia, el juez de la república tendrá que valorar la opinión del niño, la niña o el adolescente y tomará la decisión con base en las razones reales por las que este niño, niña o adolescente, quiere que su madre o padre tenga la custodia.
El ejemplo ideal para este tipo de situaciones es el caso en el que un joven consumidor de drogas, pues quiere ir a vivir con su madre porque es quien le permite o le facilita el consumo. En este caso, por supuesto que el juez de la república no podría valorar la opinión de este joven.
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