¿En cuánto debe fijarse la cuota alimentaria?

El monto por el que se debe fijar una cuota alimentaria es uno de los asuntos de mayor interés en el derecho de familia a nivel nacional. La pregunta que toda madre o padre (que tiene el deber o la obligación alimentaria) puede hacerse es: ¿en cuánto debe fijarse la cuota alimentaria? 

 

La cuota de alimentos en Colombia cuenta con una particularidad, y es que no se cuenta con una fórmula matemática establecida por la ley colombiana, ni con un porcentaje establecido en la ley. La cuota de alimentos podrá ser de hasta el 50 % de los ingresos del padre o madre, sin embargo, esto sólo ocurre en casos excepcionales. De hecho, lo que plantea la ley es que en casos excepcionales o de incumplimiento, se podrá embargar hasta un 50 % del salario del padre o la madre que incumple su deber de alimentos.

 

¿Cómo se regula entonces la cuota de alimentos?, ¿cómo podemos saber cuál sería la cifra de cuota de alimentos justa y adecuada en cada caso? Se deberá tener en cuenta básicamente tres asuntos. Primero, se tendrá que revisar el nivel de gastos del niño, niña o adolescente, acorde a su nivel o estatus de vida. Esto es, si el padre o la madre vivían en un estrato 3 o 4, 5 o 6, deberá mantenerse una cuota acorde a ese establecimiento de vida, ese nivel de vida que ya el niño o la niña tenían.

 

Segundo, se deberá tener en cuenta el nivel de ingresos del padre y de la madre. Lo razonable es que quien más dinero gane, más deberá aportar en la cuota. No es cierto que la cuota tenga que ser en todos los casos 50/50, es decir, en porcentajes iguales.

 

Y tercero, tendrá que tenerse en cuenta el concepto de los alimentos necesarios y el concepto de los alimentos congruos. Los congruos son los alimentos congruentes con el estilo de vida del menor o la menor.

 

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Véase también:

-¿Cómo aumentar la cuota alimentaria?

-¿Se puede disminuir la cuota alimentaria?

-Cuota de alimentos retroactiva, ¿cómo se cobra?

-¿Cómo reclamar la cuota de alimentos del cónyuge?