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¿Qué porcentaje de pensión le toca a la esposa?


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    FAQs

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    ¿Qué establece el Acuerdo 049 de 1990 sobre el incremento pensional para cónyuges?Establece un incremento del 14% sobre la pensión mínima para pensionados con cónyuges a cargo, no siendo un auxilio directo para el cónyuge sino un aumento en la pensión del pensionado.
    ¿Cómo se calcula el incremento pensional por tener un cónyuge a cargo?Se aplica un 14% sobre la pensión mínima legal para el cónyuge que dependa económicamente del pensionado y no tenga una pensión propia.
    ¿A quién pertenece legalmente el incremento del 14% en la pensión?El incremento pertenece legalmente al pensionado, aunque es común que lo entregue a su cónyuge por consideración.
    ¿Quiénes tienen derecho a este incremento pensional?Solo aquellos que se pensionaron o adquirieron el derecho con el ISS (hoy Colpensiones) antes de la ley 100 de 1993. Sin embargo, la Corte Constitucional limitó su aplicación a partir de 1994.

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    AspectoDetalles+
    Fundamento Legal Acuerdo 049 de 1990+
    Naturaleza del Incremento No es un auxilio para el cónyuge, sino un incremento en el valor de la pensión del pensionado.+
    Cálculo del Incremento para Cónyuge 14% sobre la pensión mínima legal.+
    Beneficiarios Directos Pensionados con cónyuges a cargo que dependan económicamente y no tengan pensión propia.+
    Limitación de Aplicación Solo para quienes se pensionaron antes de la ley 100 de 1993.+
    Prescripción del Derecho al Incremento El derecho no prescribe, pero el incremento como tal sí, reconociéndose solo los 3 años anteriores.+