TituloFAQs | InfoFAQs | Acciones |
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¿Cuándo es recomendable evitar la mediación familiar? | La mediación familiar debe evitarse en casos de violencia doméstica, abuso infantil, desacuerdos fundamentales en valores y creencias, falta de voluntad para llegar a un acuerdo mutuo y situaciones de urgencia. |
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¿Qué alternativas existen en lugar de la mediación familiar en el derecho de familia colombiano? | En casos de violencia doméstica, abuso infantil y desacuerdos fundamentales, se deben buscar medidas legales y asesoramiento legal apropiado. En situaciones de urgencia, es recomendable recurrir a un tribunal para tomar decisiones rápidas y eficientes. |
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¿Qué hacer en casos de violencia doméstica y abuso infantil? | En casos de violencia doméstica y abuso infantil, la prioridad es garantizar la seguridad y el bienestar de las vÃctimas. |
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¿Qué sucede si no se puede llegar a un acuerdo mutuo en la mediación familiar? | Si una de las partes no está dispuesta a comprometerse o no está interesada en encontrar una solución amistosa, puede ser necesario recurrir a un proceso judicial para resolver el conflicto de manera justa y equitativa. |
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FilaOne | FilaTwee | URL | Acciones |
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Situación | Alternativa | + |
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Violencia doméstica | Buscar protección legal y asistencia para garantizar la seguridad de las vÃctimas. Recurrir a medidas legales para abordar la violencia. | + |
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Abuso infantil | Tomar medidas legales para investigar y abordar cualquier sospecha de abuso. Proteger el bienestar del menor involucrado. | + |
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Desacuerdo en valores y creencias | Buscar asesoramiento legal y la intervención de un juez para tomar decisiones en función de los mejores intereses de los miembros de la familia. | + |
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Falta de acuerdo mutuo | Recurrir a un proceso judicial para resolver el conflicto de manera justa y equitativa. El tribunal tomará decisiones basadas en los mejores intereses de los involucrados. | + |
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Situaciones de urgencia | Recurrir a un tribunal para tomar decisiones rápidas y eficientes en casos como custodia de emergencia o órdenes de protección. Considerar la mediación en etapas posteriores. | + |
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