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Como abuelo, ¿tengo derecho a ver a mis nietos?


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    FAQs

    TituloFAQs InfoFAQs Acciones
    ¿Pueden los abuelos solicitar visitas a sus nietos en Colombia?Sí, los abuelos pueden solicitar la regulación de visitas a sus nietos cuando no tienen su cuidado personal o cuando los padres impiden la relación.
    ¿Qué pasos deben seguir los abuelos para solicitar visitas?Primero, deben presentar una solicitud al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). Si no se logra un acuerdo, pueden acudir a una conciliación y, como última instancia, presentar una demanda ante el juez de familia.
    ¿Es necesario contar con un abogado para solicitar visitas a los nietos?No es obligatorio, pero puede ser útil obtener asesoría legal en consultorios jurídicos, la Defensoría de Familia o el ICBF.
    ¿Cuáles son los costos asociados con la solicitud de visitas a los nietos?El trámite ante el ICBF y la conciliación no tienen costo, facilitando el acceso a la justicia para los abuelos.

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    AspectoDescripción+
    Primera Instancia: ICBF Los abuelos deben presentar una solicitud al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para regular las visitas con sus nietos.+
    Conciliación Si la solicitud al ICBF no resulta en un acuerdo, los abuelos pueden acudir a una conciliación en el ICBF, un consultorio jurídico, o una notaría.+
    Demanda Judicial En caso de no lograr un acuerdo en la conciliación, los abuelos pueden presentar una demanda ante el juez de familia.+
    Edad del Menor El juez considera la edad del menor, estableciendo el régimen de visitas para niños entre 2 y 14 años.+
    Relación Previa Se evalúa la calidad de la relación previa entre el abuelo y el nieto para decidir sobre las visitas.+
    Protección del Menor Las decisiones judiciales priorizan el interés superior y el bienestar del menor, pudiendo denegar visitas si no son beneficiosas para el niño.+