TituloFAQs | InfoFAQs | Acciones |
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¿Quiénes pueden reclamar la pensión de sobrevivientes? | Cónyuges, compañeros permanentes, hijos menores de 18 años, hijos entre 18 y 25 años que estudien y dependan económicamente, y padres dependientes. |
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¿Cuál es el requisito de convivencia para compañeros permanentes? | Deben demostrar una convivencia continua de al menos dos años antes del fallecimiento del pensionado. |
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¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la pensión de sobrevivientes? | No hay un plazo especÃfico, pero es recomendable iniciar el trámite lo antes posible tras el fallecimiento para evitar complicaciones. |
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¿Qué documentación necesito para solicitar la pensión de sobrevivientes? | Certificado de defunción, documentos que prueben parentesco y dependencia económica, y pruebas de convivencia. |
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FilaOne | FilaTwee | URL | Acciones |
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Requisito | Descripción | + |
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Cónyuge o compañero permanente | Debe probar una convivencia mÃnima de dos años antes del fallecimiento del pensionado. | + |
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Hijos menores de 18 años | Tienen derecho a la pensión sin requisitos adicionales. | + |
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Hijos entre 18 y 25 años | Deben estar estudiando y depender económicamente del pensionado fallecido. | + |
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Hijos con invalidez o discapacidad | Tienen derecho sin importar la edad, siempre y cuando la discapacidad les impida trabajar. | + |
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Padres dependientes | Pueden reclamar si dependÃan económicamente del pensionado fallecido. | + |
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Certificado de defunción | Documento obligatorio para iniciar la reclamación. | + |
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