TituloFAQs | InfoFAQs | Acciones |
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¿Puedo perder mi pensión de sobreviviente si me caso de nuevo? | No, según la Corte Constitucional de Colombia, la pensión de sobreviviente no puede ser suspendida por contraer nuevas nupcias o formar una nueva unión marital. |
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¿Qué sucede con mi pensión si inicio una nueva vida marital sin casarme legalmente? | La Corte Constitucional ha establecido que la pensión de sobreviviente tampoco puede ser suspendida si decides formar una nueva vida marital, independientemente de la formalización legal de la unión. |
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¿Esta protección aplica solo a quienes se casaron después de 1991? | No, la unificación de la jurisprudencia garantiza la protección del derecho a la pensión de sobreviviente, sin importar si el nuevo matrimonio o la vida marital comenzaron antes o después de la Constitución de 1991. |
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¿Qué puedo hacer si mi pensión fue suspendida injustamente? | Puedes presentar una acción de tutela para reclamar la vulneración de tus derechos fundamentales. La Corte Constitucional ha respaldado casos similares, lo que aumenta tus posibilidades de éxito. |
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Aspecto Legal | Descripción | + |
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Derecho a la pensión de sobreviviente | Es vitalicio e imprescriptible, garantizado para los beneficiarios de cónyuges fallecidos. | + |
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Impacto de nuevas nupcias o vida marital | La pensión no puede ser suspendida si el beneficiario contrae nuevas nupcias o inicia nueva vida marital. | + |
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Unificación de jurisprudencia | La Corte Constitucional ha eliminado la discriminación basada en la fecha de matrimonio o unión marital. | + |
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Protección para la tercera edad | La decisión protege especialmente a las personas mayores que dependen de la pensión para su sustento. | + |
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Inequidad de género | La suspensión de pensiones basada en nuevas nupcias afectaba mayoritariamente a mujeres, generando discriminación. | + |
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