Ver Artículo

https://www.abogadosdefamiliacolombia.com/abogado/cuales-son-los-incidentes-de-reparacion-integral-en-materia-familiar

¿Cuáles son los incidentes de reparación integral en materia familiar?


Editar Artículo

    Copy code
    • string(192) "["Cómo es la Custodia Compartida en Colombia",["como es la custodia compartida en colombia","como funciona la custodia compartida en colombia"],[],{"google:suggestsubtypes":[[22,30],[22,30]]}]"
    Resultados de la búsqueda

    Valor seleccionado: 68%

    Imagen del artículo

    Call to Action Archivo Descargable


    Agregar a la sección de Preguntas Frecuentes

    Agregar a la sección de SEO

    FAQs

    TituloFAQs InfoFAQs Acciones
    ¿Qué es un incidente de reparación integral en el contexto familiar?Es un procedimiento legal que permite a las víctimas de delitos dentro del ámbito familiar solicitar compensación económica tras la condena del victimario.
    ¿Cómo puedo iniciar un incidente de reparación integral?La víctima o su representante legal debe solicitarlo dentro de los 30 días hábiles siguientes a la sentencia condenatoria firme, a través de varios medios como la Fiscalía, el Ministerio Público, o el Defensor de familia.
    ¿Qué sucede después de solicitar un incidente de reparación integral?Se programará una audiencia pública para que la víctima exponga su caso, seguida de una audiencia de conciliación para buscar un acuerdo. Si no hay acuerdo, se procede a una nueva audiencia para el fallo.
    ¿Qué normativa respalda los incidentes de reparación integral en Colombia?La Ley 1719 de 2014, el Artículo 108 de la Ley 906 de 2004, el Artículo 103 de la Ley 599 de 2000, entre otros, establecen el marco legal para estos incidentes, enfocándose en la protección y compensación de las víctimas.

    TablaSEO

    FilaOne FilaTwee URL Acciones
    Proceso para Incidente de Reparación IntegralNormativa Aplicable+
    1. Solicitud por la víctima o representante legal dentro de los 30 días hábiles tras sentencia condenatoria. Ley 1719 de 2014+
    2. Programación de audiencia pública para exposición de la indemnización deseada. Artículo 108 de la Ley 906 de 2004+
    3. Audiencia de conciliación para buscar un acuerdo justo entre las partes. Artículo 103 de la Ley 599 de 2000+
    4. En ausencia de acuerdo, nueva audiencia para análisis de pruebas y fallo. Artículo 2347 de la Ley 84 de 1873+
    5. Posibilidad de iniciativa por parte de Fiscalía, Ministerio Público, Defensor de familia o juez. Artículo 250 de la Constitución Política de Colombia de 1991+