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¿Qué resolvió la Corte Suprema de Justicia de Colombia en la sentencia STC16853-2023? | La Corte revocó un fallo previo, subrayando la importancia del derecho de contradicción y del debido proceso, y ordenó la realización de contrainterrogatorios en un proceso divisorio. |
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¿Cuál fue el punto central del desacuerdo en la sentencia STC16853-2023? | El desacuerdo giró en torno a la validez de ciertas actuaciones judiciales, especialmente la negación del derecho a contrainterrogar, lo que los impugnantes consideraron una violación de sus derechos fundamentales. |
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¿Cómo enfatiza la Corte Suprema la importancia del debido proceso en esta sentencia? | La Corte recalca que, aunque generalmente la tutela no procede contra providencias judiciales, puede concederse en casos excepcionales si se vulneran derechos fundamentales. |
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¿Cuál es el impacto de la sentencia STC16853-2023 en el sistema jurÃdico colombiano? | La sentencia establece un precedente relevante en la interpretación y aplicación de las normas procesales, especialmente sobre el derecho de contradicción, y refuerza el papel de la Corte Suprema como garante de los derechos fundamentales. |
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Aspecto | Descripción | + |
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Objeto del Fallo | La Corte Suprema de Justicia de Colombia resolvió sobre la impugnación de un fallo relacionado con un proceso divisorio, enfatizando en la importancia del debido proceso y el derecho de contradicción. | + |
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Impacto Legal | La sentencia establece un precedente significativo al reafirmar la tutela judicial efectiva y los derechos procesales, especialmente en lo que respecta al contrainterrogatorio y a la interpretación de las normas procesales. | + |
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Protagonistas del Caso | MarÃa Helena Gómez Luque, Myriam Stella Gómez Luque, Julián Camilo RodrÃguez Gómez y Diego Alejandro RodrÃguez Gómez impugnaron el fallo originalmente emitido por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca. | + |
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Resolución de la Corte | La Corte Suprema revocó la providencia anterior y concedió parcialmente el amparo, ordenando al Juzgado Promiscuo del Circuito de Pacho fijar una nueva fecha para realizar los contrainterrogatorios pertinentes. | + |
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