TituloFAQs | InfoFAQs | Acciones |
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¿Cómo puedo registrar a mi hijo fuera del matrimonio en Colombia? | Puede registrar a su hijo firmando el acta de nacimiento en la oficina de registro, mediante escritura pública en notarÃa, por testamento, ante un juez de familia, un Juez de Paz, o el Defensor de Familia del ICBF. |
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¿Es necesario el consentimiento de ambos padres para el registro? | Generalmente, se requiere el consentimiento de ambos padres. Sin embargo, un padre puede realizar el reconocimiento de forma individual en ciertas circunstancias. |
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¿Qué derechos asegura el registro legal de un hijo fuera del matrimonio? | Asegura derechos fundamentales como la filiación, el apellido del padre, derechos de herencia, y acceso a soporte y cuidado. |
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¿Puedo registrar a mi hijo si el otro progenitor se niega o está ausente? | SÃ, es posible mediante procesos legales especÃficos, como la declaración ante un juez de familia o el Defensor de Familia del ICBF. |
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Método de Registro | Descripción | + |
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Acta de Nacimiento | Se realiza en la oficina de registro donde se inscribió al niño. El padre firma el acta, reconociendo legalmente al hijo y permitiendo que lleve su apellido. | + |
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Escritura Pública | Se efectúa en cualquier notarÃa, adjuntando el registro civil de nacimiento del niño. Proporciona un documento legal que certifica el reconocimiento. | + |
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Por Testamento | Un método menos común, utilizado principalmente para asuntos de herencia y derechos sucesorios. | + |
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Ante un Juez de Familia | Utilizado en casos de disputas o cuando no se ha realizado el reconocimiento por otros medios. Involucra un proceso judicial. | + |
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Ante un Juez de Paz | Opción viable en comunidades con acceso limitado a otras formas de reconocimiento. | + |
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Defensor de Familia del ICBF | Una alternativa importante, especialmente en situaciones donde otros métodos no son accesibles o en casos de disputa. | + |
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