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¿Quién hereda primero: los hermanos o los sobrinos?


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Fecha de Publicación: 2023-11-03 13:27:04

¿Quién hereda primero: los hermanos o los sobrinos?

¿Quién hereda primero: los hermanos o los sobrinos?


En Colombia, la sucesión de bienes tras el fallecimiento de una persona es un proceso regido por normas claras y definidas que establecen un orden de prioridad entre los posibles herederos. La ley colombiana protege a ciertos familiares denominados herederos forzosos y dicta cómo se deben repartir los bienes en ausencia de un testamento. Este artículo explora la jerarquía de herederos según el derecho de familia colombiano y la relevancia del testamento para la distribución de la herencia.

La Importancia del Testamento

El testamento en Colombia es un documento esencial que permite a una persona decidir cómo se repartirán sus bienes tras su muerte. Existen dos tipos principales: el testamento cerrado, que mantiene en secreto las disposiciones hasta el fallecimiento del testador, y el testamento abierto, donde las decisiones se hacen públicas en el momento de su creación. La presencia de un abogado y el cumplimiento de requisitos formales son cruciales para la validez del testamento.

Jerarquía de Herederos Sin Testamento

En ausencia de testamento, la ley colombiana establece una jerarquía de herederos en cuatro órdenes:

  1. Primer Orden: Hijos, nietos y bisnietos tienen la prioridad absoluta.

  2. Segundo Orden: Ascendientes y cónyuge o compañero permanente.

  3. Tercer Orden: Cónyuge o compañero permanente y hermanos.

  4. Cuarto Orden: Sobrinos.

Hermanos vs. Sobrinos: ¿Quién Hereda Primero?

Si una persona fallece sin dejar testamento y no tiene descendientes ni ascendientes vivos, los hermanos son los llamados a heredar en tercer lugar, después de los hijos y los padres. Los sobrinos solo heredarán en cuarto lugar si no hay hermanos vivos. Sin embargo, si existe testamento, el testador tiene la libertad de disponer de sus bienes y puede incluir a sobrinos o a terceros según su voluntad.

Legítima Forzosa y Libre Disposición

La ley colombiana divide la herencia en dos partes: la legítima forzosa y la de libre disposición. La primera corresponde al 50% de los bienes y está reservada para los herederos forzosos, mientras que la segunda puede ser asignada libremente por el testador a cualquier persona o entidad, como en el caso de un legado solidario a UNICEF.

La elaboración de un testamento es vital para garantizar que la distribución de los bienes se realice según la voluntad del testador. En Colombia, aunque la ley establece un orden claro de sucesión, el testamento permite una flexibilidad que puede beneficiar a hermanos, sobrinos o incluso a causas benéficas. Es esencial contar con asesoría legal para asegurar que el testamento cumpla con todas las formalidades y respete las disposiciones legales.

 

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En Colombia, si no hay testamento, los hermanos heredan primero. Los sobrinos solo heredan en ausencia de hermanos, hijos y padres del fallecido.

Sí, un testamento puede designar herederos distintos a los legales, pero debe respetar la legítima forzosa de los herederos forzosos.

La legítima forzosa corresponde al 50% de la herencia, que debe ser repartida entre los herederos forzosos por ley.

Si no hay familiares directos, la herencia pasa al Estado, específicamente al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.


Orden de Sucesión en Colombia Derechos y Particularidades +
Primer Orden (Hijos y descendientes) Heredan por partes iguales toda la herencia, excluyendo al cónyuge. +
Segundo Orden (Padres y cónyuge/compañero permanente) Heredan en partes iguales si ambos viven; si no, el sobreviviente hereda la totalidad. +
Tercer Orden (Cónyuge/compañero y hermanos) El cónyuge/compañero hereda el 50%, y el otro 50% se reparte entre los hermanos. +
Cuarto Orden (Sobrinos) Heredan solo en ausencia de herederos en los órdenes anteriores, en partes iguales. +
Testamento Permite disponer libremente de la mitad de la herencia, respetando la legítima forzosa. +
Sin Testamento La ley establece la distribución de bienes según los órdenes de sucesión predeterminados. +
Legítima Forzosa Corresponde al 50% de la herencia y se reserva para los herederos forzosos. +
Libre Disposición El testador puede asignar libremente la otra mitad de la herencia a cualquier persona o entidad. +


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MARIA EUGENIA PUENTES ORJUELA 2024-02-24

Mi tia tiene UN HERMANO VIVO y sobrinos, ella quiere en el testamento dejar la totalidad de sus bienes a una sobrina. Se puede? El tio vivo y demás sobrinos pueden impugnar el testamento si la totalidad de los bienes los deja a una sobrina? Esta consulta genera honorarios?.



Integrity Legal 2024-06-05

Jimmy Jiménez
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