¿Qué porcentaje hereda la esposa y los hijos?
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¿Qué porcentaje hereda la esposa y los hijos?
La herencia es un tema complejo y delicado que involucra emociones, derechos y deberes. En Colombia, el derecho de familia establece pautas claras sobre cómo se debe repartir el patrimonio de una persona fallecida entre sus herederos. A continuación, se presenta un resumen basado en el artículo de Gerencie.com sobre la partición de la herencia:
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Definición de Herencia: La herencia comprende el conjunto de bienes, propiedades y derechos de una persona que, tras su fallecimiento, se transmiten a sus herederos. Estos herederos pueden ser legitimarios (aquellos que la ley reconoce) o legatarios (beneficiarios designados por el testador, incluso si no son legitimarios).
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Familiares con derecho a herencia: El Código Civil colombiano, en su artículo 1040, establece el orden de herederos legitimarios:
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Primero: Hijos (Todo para los hijos).
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Segundo: Padres (Si no hay hijos, todo para los padres).
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Tercero: Hermanos y cónyuge (Si no hay hijos ni padres, la mitad para los hermanos y la otra mitad para el cónyuge. Si no hay cónyuge, todo para los hermanos, y viceversa).
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Cuarto: Sobrinos (Si no hay hijos, padres, hermanos ni cónyuge, todo para los sobrinos).
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Quinto: ICBF (Si no hay hijos, padres, hermanos, cónyuge ni sobrinos, todo para el ICBF).
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Derechos del cónyuge en una herencia: El cónyuge tiene derechos sobre los bienes dejados por el fallecido en calidad de heredero en el tercer orden. Antes de liquidar la sucesión, se debe liquidar la sociedad conyugal, y lo que le corresponda al difunto es lo que se reparte entre los herederos. En principio, la herencia corresponde únicamente al 50% que pertenecía al fallecido de la sociedad conyugal.
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División de la herencia entre hijos y esposa: En general, a la esposa o viuda le corresponde la mitad de los bienes, y la otra mitad es para los hijos. Por ejemplo, si una familia tiene un patrimonio de $200.000.000 y fallece el padre, a la viuda le correspondería $100.000.000, y los hijos recibirían $50.000.000 cada uno.
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Partición de la herencia: La herencia puede repartirse de diferentes formas, ya sea voluntariamente, por vía judicial o mediante un curador. Si hay acuerdo entre los herederos, la partición se puede hacer ante notario. Si no hay acuerdo o hay un heredero incapaz legalmente, la partición se debe hacer ante un juez.
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Comentarios finales: La partición de la herencia requiere determinar los herederos con derecho, el inventario y avalúo de los bienes, y la adjudicación o reparto entre los herederos. Es esencial contar con un abogado para la partición y tener en cuenta que no solo se reparten activos, sino también deudas.
En resumen, el porcentaje que hereda la esposa y los hijos en Colombia depende de varios factores, como la existencia de otros herederos legitimarios, la presencia de un testamento y las disposiciones del Código Civil colombiano. Es crucial consultar a un experto en derecho de familia para comprender y aplicar correctamente estas normas.
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Heredero | Derecho sobre la Herencia | + |
Hijos | Reciben la totalidad de la herencia si no existen otros herederos legitimarios. | + |
Padres | Heredan todo si no hay hijos. | + |
Cónyuge | En ausencia de hijos y padres, recibe la mitad de la herencia, compartiendo con hermanos si estos están presentes. | + |
Hermanos | Heredan la mitad si no hay hijos ni padres, o todo si tampoco hay cónyuge. | + |
Sobrinos | Reciben la herencia si no existen hijos, padres, hermanos ni cónyuge. | + |
ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar) | Hereda en ausencia de todos los anteriores herederos legitimarios. | + |