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Fecha de Publicación: 2023-11-02 12:07:15

¿Qué impuestos pago si heredo?

¿Qué impuestos pago si heredo?


En Colombia, el tema de las herencias y legados es de gran interés para aquellos que se encuentran en proceso de recibir bienes a través de este medio. Es importante entender las implicaciones tributarias que conlleva una herencia, ya que pueden surgir obligaciones fiscales como el impuesto a la renta o a las ganancias ocasionales.

Según el derecho de familia colombiano, las herencias son asignaciones a título universal, mientras que los legados son a título singular. Los herederos son aquellos que reciben bienes de acuerdo con la ley, y los legatarios son los beneficiarios designados en un testamento.

Impuesto a la Renta y Ganancia Ocasional

En Colombia, lo recibido por herencia o legado no está sujeto al impuesto a la renta, sino al impuesto a las ganancias ocasionales. Esto se debe a que no se considera un ingreso producto de la actividad ordinaria del beneficiario, sino un incremento patrimonial a título gratuito.

Exenciones en la Ganancia Ocasional

La ley establece exenciones parciales en el impuesto de ganancia ocasional para herencias y legados. Para herederos legitimados, las primeras 3.490 UVT están exentas (3.250 UVT a partir de 2023). Para no legitimados, el 20% de lo recibido es exento, limitado a 1.625 UVT.

Herencia Recibida en Vida

La herencia recibida en vida tiene el mismo tratamiento tributario que la herencia post mortem. Sin embargo, es importante diferenciar entre una donación y una herencia en vida para aplicar correctamente las exenciones tributarias.

Obligación de Declarar Renta por Herencia o Legado

Recibir una herencia o legado puede obligar a declarar renta si, por ejemplo, el patrimonio supera ciertos topes establecidos por la ley. Esto no afecta el tope de ingresos, pero sí puede influir en el patrimonio o en las consignaciones bancarias.

 

Es fundamental para los herederos y legatarios en Colombia conocer las implicaciones fiscales de recibir una herencia o legado. La reforma tributaria de 2022 ha traído cambios importantes que afectan la cantidad de impuestos a pagar. Por tanto, es aconsejable consultar con un experto en derecho tributario para entender completamente las obligaciones y planificar adecuadamente.

 

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Debes pagar el impuesto a las ganancias ocasionales, no el impuesto de renta, con una tarifa del 15%

Sí, para herederos legitimados, las primeras 3.250 UVT están exentas y para no legitimados, el 20% de lo recibido hasta 1.625 UVT.

Se calcula según el valor de los bienes a 31 de diciembre del año anterior a la liquidación de la sucesión, con reglas específicas para distintos tipos de bienes.

Sí, si la herencia incrementa tu patrimonio o las consignaciones bancarias por encima de los topes legales, estarás obligado a declarar renta.


Aspecto Tributario de Herencias Detalles Importantes +
Impuesto Aplicable Impuesto a las ganancias ocasionales, no al impuesto de renta. +
Tarifa del Impuesto 15% +
Exención para Herederos Legitimados Exención de las primeras 3.250 UVT. +
Exención para No Legitimados 20% de lo recibido exento, hasta 1.625 UVT. +
Obligación de Declarar Renta Si la herencia incrementa el patrimonio o las consignaciones bancarias por encima de los límites legales. +
Valoración de Bienes Reglas específicas para la valoración de inmuebles, vehículos, acciones, etc. +
Herencia en Vida Mismo tratamiento tributario que la herencia post mortem, pero se debe diferenciar de una donación. +


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