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¿Qué bienes hacen parte de la unión marital de hecho?


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Fecha de Publicación: 2024-02-16 15:27:43

¿Qué bienes hacen parte de la unión marital de hecho?

¿Qué bienes hacen parte de la unión marital de hecho?


En Colombia, la unión marital de hecho, conocida también como unión libre, es una figura jurídica que reconoce la convivencia entre dos personas que, sin estar casadas, forman un hogar de manera estable y permanente. A efectos legales, esta unión genera derechos y obligaciones similares a los del matrimonio en cuanto a los bienes adquiridos durante la convivencia. La legislación colombiana, a través de la Ley 54 de 1990 y la Ley 979 de 2005, junto con varias sentencias de la Corte Constitucional, establece el marco legal para la regulación de estos bienes, conocidos como sociedad patrimonial entre compañeros permanentes.

Declaración de la sociedad patrimonial

Para que los bienes adquiridos durante la unión libre sean reconocidos y distribuidos legalmente, es necesario declarar la existencia de una sociedad patrimonial entre los compañeros permanentes. Este proceso puede realizarse de mutuo acuerdo entre las partes, a través de diferentes medios:

  1. Escritura pública ante un notario: Es el método más común, donde las partes expresan su voluntad de declarar la existencia de la sociedad patrimonial y proceder a la distribución de los bienes.

  2. Acta de conciliación ante un Centro de Conciliación oficial: Una alternativa cuando se busca un acuerdo conciliatorio que tenga efectos jurídicos vinculantes.

  3. Sentencia declarativa ante un juez: En caso de no llegar a un acuerdo mutuo, un juez puede determinar la existencia de la sociedad patrimonial y ordenar la distribución de los bienes conforme a la ley.

Requisitos para la declaración

Para proceder con la declaración de la sociedad patrimonial, es fundamental que la pareja haya convivido de manera ininterrumpida por más de dos años. Además, deben presentar documentos que acrediten su convivencia y la adquisición de bienes durante este periodo. Una vez recibida la solicitud, la autoridad competente (notario, centro de conciliación, o juez) estudiará el caso y declarará la existencia de la unión marital de hecho, formalizando así la sociedad patrimonial.

Bienes que hacen parte de la sociedad patrimonial

Los bienes que hacen parte de la sociedad patrimonial son aquellos adquiridos por cualquiera de los compañeros o ambos durante el periodo de convivencia. Esto incluye propiedades inmuebles, vehículos, saldos en cuentas bancarias, inversiones, y cualquier otro bien que haya sido comprado con el esfuerzo común de la pareja. Es importante destacar que los bienes adquiridos por herencia, donación, o aquellos que claramente pertenecían a uno de los compañeros antes de la unión, generalmente no se incluyen dentro de la sociedad patrimonial.

Proceso de distribución de bienes

Una vez declarada la existencia de la sociedad patrimonial, se procede a la distribución de los bienes. Este proceso puede ser acordado por las partes o, en su defecto, determinado por un juez. La distribución busca ser equitativa, teniendo en cuenta las contribuciones de cada uno a la sociedad patrimonial, ya sea en términos económicos o de otro tipo de aportes significativos para el bienestar y mantenimiento del hogar común.

Asesoría y apoyo legal

Para aquellos que requieran asistencia o asesoría legal en el proceso de declaración y distribución de bienes en una unión marital de hecho, el Ministerio de Justicia y del Derecho sugiere acercarse a la personería, defensoría del pueblo, o consultorios jurídicos municipales. Estas entidades pueden ofrecer orientación y apoyo para navegar el proceso legal de manera informada y efectiva.

 

La unión marital de hecho en Colombia ofrece un marco legal para que las parejas que conviven de manera estable y permanente puedan gestionar y distribuir sus bienes de forma justa y equitativa. Entender los derechos y obligaciones que surgen de esta unión es fundamental para proteger el patrimonio común y asegurar una distribución adecuada en caso de separación o disolución de la sociedad patrimonial.

 

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Es una figura legal que reconoce los bienes adquiridos de forma conjunta por parejas en una unión libre, permitiendo su distribución equitativa en caso de separación.

Se puede declarar mediante escritura pública ante un notario, acta de conciliación en un Centro de Conciliación oficial, o por sentencia declarativa de un juez, siempre que la pareja haya convivido más de dos años.

Incluye todos los bienes adquiridos durante la convivencia, como propiedades, vehículos y saldos bancarios, excepto aquellos obtenidos por herencia, donación o que ya pertenecían a uno de los compañeros antes de la unión.

En caso de desacuerdo, se puede recurrir a un juez, quien determinará la distribución de los bienes basándose en las pruebas presentadas y la legislación aplicable, buscando siempre la equidad entre las partes.


Método de Declaración de Sociedad Patrimonial Descripción +
Escritura pública ante notario Proceso formal donde las partes declaran ante un notario la existencia de su sociedad patrimonial, permitiendo una distribución legal de bienes. +
Acta de conciliación Alternativa conciliatoria que se realiza en un Centro de Conciliación oficial, buscando un acuerdo mutuo para la distribución de bienes. +
Sentencia declarativa de un juez En casos de desacuerdo, un juez puede determinar la existencia de la sociedad patrimonial y ordenar la distribución de bienes conforme a la ley. +
Convivencia de más de dos años Requisito fundamental para la declaración de la sociedad patrimonial, demostrando una vida en común estable y permanente. +


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