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¿Qué bienes entran en la sociedad patrimonial de hecho en Colombia?


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Fecha de Publicación: 2024-02-23 15:46:46

¿Qué bienes entran en la sociedad patrimonial de hecho en Colombia?

¿Qué bienes entran en la sociedad patrimonial de hecho en Colombia?


En Colombia, la sociedad patrimonial de hecho surge cuando dos personas conviven en unión libre, sin estar casadas formalmente, durante un periodo no menor a dos años. Esta convivencia genera una comunidad de bienes que, en caso de disolución de la pareja, debe ser liquidada equitativamente entre las partes. Este artículo se enfoca en explicar qué bienes entran en dicha sociedad patrimonial, basándose en el derecho de familia colombiano y la información proporcionada por el Ministerio de Justicia y del Derecho.

La Formación de la Sociedad Patrimonial de Hecho

La sociedad patrimonial de hecho se constituye automáticamente después de dos años de convivencia continua y libre entre dos personas. Esta no requiere de una declaración formal para su existencia, pero sí para su disolución y posterior liquidación. Los bienes adquiridos durante la convivencia se consideran parte de esta sociedad, independientemente de que la adquisición haya sido realizada por uno o ambos miembros de la pareja.

Bienes que Integran la Sociedad Patrimonial

Los bienes que forman parte de la sociedad patrimonial de hecho incluyen, pero no se limitan a:

  1. Salarios y Rendimientos: Los ingresos obtenidos por cualquiera de los convivientes durante el periodo de convivencia, incluyendo salarios, bonificaciones, y otros rendimientos económicos, forman parte del patrimonio común.

  2. Bienes Muebles e Inmuebles Adquiridos: Todos los bienes adquiridos durante la convivencia, ya sean muebles (vehículos, muebles, electrodomésticos, etc.) o inmuebles (casas, apartamentos, terrenos), entran en la sociedad patrimonial, siempre que hayan sido comprados con los ingresos generados durante el periodo de convivencia.

Exclusiones Importantes

No todos los bienes adquiridos o poseídos por los convivientes forman parte de la sociedad patrimonial. Se excluyen específicamente:

Disolución y Liquidación de la Sociedad Patrimonial

Para disolver la sociedad patrimonial de hecho y proceder a la liquidación de los bienes, es necesario realizar un trámite legal que puede llevarse a cabo de mutuo acuerdo entre las partes o mediante intervención judicial. Este proceso implica determinar cuáles bienes son parte de la sociedad patrimonial, valorarlos económicamente y dividirlos equitativamente entre los convivientes o sus herederos, en caso de fallecimiento de uno de ellos.

Consideraciones Legales

La regulación de las sociedades patrimoniales de hecho en Colombia está contemplada en la Ley 54 de 1990 y sus modificaciones posteriores, incluyendo la Ley 979 de 2005. Estas leyes establecen los mecanismos para demostrar la unión marital de hecho y sus efectos patrimoniales, así como los procedimientos para la disolución y liquidación de la sociedad patrimonial.

 

La sociedad patrimonial de hecho en Colombia es un mecanismo legal que busca proteger los derechos económicos de las parejas que conviven en unión libre. Comprender qué bienes entran en esta sociedad es fundamental para garantizar una justa distribución de los mismos en caso de disolución de la pareja. La legislación colombiana ofrece un marco claro para la administración de estos bienes, asegurando así la equidad y justicia en el proceso de liquidación patrimonial.

 

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Es una figura legal que reconoce los bienes adquiridos por parejas en unión libre durante su convivencia, permitiendo su distribución equitativa en caso de separación.

Incluye bienes adquiridos durante la convivencia como salarios, bienes muebles e inmuebles, excluyendo aquellos obtenidos por herencia, donación o antes de la unión.

La disolución requiere un trámite legal que puede ser de mutuo acuerdo entre las partes o por intervención judicial, seguido de la liquidación de los bienes.

Estos bienes quedan excluidos de la sociedad patrimonial y permanecen como propiedad individual del miembro de la pareja que los adquirió o recibió.


Bienes en la Sociedad Patrimonial Bienes Excluidos +
Salarios y rendimientos obtenidos durante la convivencia. Bienes adquiridos antes de la convivencia. +
Bienes muebles e inmuebles comprados durante la convivencia. Bienes recibidos por herencia o donación durante la convivencia. +
Inversiones realizadas conjuntamente. Bienes personales probados como propiedad previa o regalos personales. +
Cuentas bancarias conjuntas y ahorros. Premios individuales o compensaciones por daños personales. +


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