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Procedimiento para el trámite del incidente de reparación integral


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Fecha de Publicación: 2023-10-04 13:33:24

Procedimiento para el trámite del incidente de reparación integral

Procedimiento para el trámite del incidente de reparación integral


El incidente de reparación integral es un mecanismo fundamental en el sistema penal acusatorio, que busca garantizar los derechos de las víctimas de delitos a obtener verdad, justicia y, sobre todo, una reparación integral por los daños y perjuicios causados. A continuación, se detalla el procedimiento para llevar a cabo este trámite:

Objetivo del procedimiento

El propósito principal de este procedimiento es describir las actividades mediante las cuales se desarrolla el trámite del incidente de reparación integral.

Alcance

El trámite comienza con la ejecutoria de la sentencia condenatoria, conforme al Artículo 102 del Código de Procedimiento Penal (CPP), y finaliza con la decisión que concluye el incidente. Esta decisión se incorpora a la sentencia respectiva.

Responsables

Los encargados de este proceso son los Jueces Penales Municipales y Penales del Circuito con función de conocimiento.

Definiciones clave

Normatividad aplicable

Actividades del procedimiento

Paso 1: Recepción de la solicitud El Secretario(a) del despacho recibe la solicitud de incidente de reparación integral presentada por la víctima, el fiscal o el funcionario del ministerio público dentro de los 30 días posteriores a la ejecutoria de la sentencia. Si las víctimas son menores de edad y no se ha presentado una solicitud por parte de sus representantes en ese plazo, el incidente se iniciará de oficio.

Paso 2: Programación de la audiencia El Juez Penal de Conocimiento señalará fecha y hora para la celebración de la audiencia de Incidente de reparación integral.

Paso 3: Elaboración de planillas El Secretario(a) del despacho prepara las planillas de comunicaciones y las envía al Centro de Servicios para gestionar las notificaciones y oficios a las partes e intervinientes en el proceso.

Paso 4: Celebración de la Audiencia de Incidente de Reparación Durante la primera audiencia, el Juez permite al solicitante formular oralmente su pretensión contra el declarado penalmente responsable. Una vez admitida la pretensión, se busca un acuerdo conciliatorio. Si no se llega a un acuerdo, se programa una segunda audiencia. En la segunda audiencia, si no se logra un acuerdo, la defensa puede presentar pruebas y el juez decidirá sobre estas. Finalmente, en la tercera audiencia, se practican las pruebas y se presentan los alegatos de conclusión. El juez tomará una decisión que pondrá fin al incidente.

Paso 5: Notificación de la sentencia La decisión que resuelve la solicitud de incidente de reparación integral se notifica en estrados. Contra esta decisión procede el recurso de apelación, que se sustentará oralmente y de manera inmediata.

Paso 6: Envío del proceso al Centro de Servicios El proceso se remite al Centro de Servicios con toda la documentación debidamente foliada, dando cumplimiento a todas las órdenes impartidas por el juez de conocimiento.

Este procedimiento garantiza que las víctimas de delitos tengan un proceso claro y estructurado para buscar reparación integral. Es esencial que todas las partes involucradas comprendan y sigan este procedimiento para garantizar que se respeten los derechos de las víctimas.

 

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Es un mecanismo en el sistema penal que busca garantizar la reparación de las víctimas de delitos, asegurando que obtengan verdad, justicia y compensación por los daños causados.

Los Jueces Penales Municipales y Penales del Circuito con función de conocimiento son los encargados de este proceso.

Comienza con la ejecutoria de la sentencia condenatoria y culmina con la decisión que pone fin al incidente, la cual se integra a la sentencia respectiva.

Si no se ha presentado una solicitud por parte de sus representantes en un plazo de 30 días tras la sentencia, el incidente se iniciará de oficio.


Etapa del Proceso Descripción +
Recepción de la Solicitud El Secretario(a) del despacho recibe la solicitud dentro de los 30 días posteriores a la sentencia. +
Programación de la Audiencia El Juez Penal de Conocimiento fija fecha y hora para la audiencia de reparación integral. +
Elaboración de Planillas Se preparan planillas de comunicaciones y se envían al Centro de Servicios para notificaciones. +
Celebración de la Audiencia Se busca un acuerdo conciliatorio. Si no se logra, se programan más audiencias para presentar pruebas y alegatos. +
Notificación de la Sentencia La decisión se notifica en estrados y puede ser apelada oralmente de manera inmediata. +
Envío del Proceso al Centro de Servicios El proceso completo se remite al Centro de Servicios con toda la documentación debidamente foliada. +


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