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Nueva causal de divorcio en Colombia: Lo que debes saber


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Fecha de Publicación: 2025-03-06 12:37:24

Nueva causal de divorcio en Colombia: Lo que debes saber

Nueva causal de divorcio en Colombia: Lo que debes saber


En diciembre de 2024, Colombia implementó una reforma significativa en su legislación matrimonial al promulgar la Ley 2442 de 2024. Esta ley introduce una nueva causal de divorcio que permite la disolución del matrimonio por la sola voluntad de cualquiera de los cónyuges, sin necesidad de mutuo acuerdo ni de demostrar causales específicas. ​

¿En qué consiste la nueva causal de divorcio?

La Ley 2442 de 2024 adiciona al artículo 154 del Código Civil colombiano una décima causal de divorcio: "La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges". Esto significa que cualquiera de las partes puede solicitar el divorcio de manera unilateral, sin necesidad de justificar su decisión en las causales tradicionales como infidelidad, maltrato o abandono.

Procedimiento para solicitar el divorcio unilateral

Para iniciar el proceso de divorcio bajo esta nueva causal, el cónyuge interesado debe presentar una demanda que incluya una propuesta sobre:​

El demandado puede oponerse al contenido de la propuesta presentada, ofreciendo una alternativa. En ausencia de acuerdo, será el juez quien determine las medidas que regulen los efectos derivados del divorcio.

Efectos del divorcio unilateral

Una vez ejecutoriada la sentencia de divorcio, se disuelve el vínculo matrimonial y la sociedad conyugal. Sin embargo, subsisten los deberes y derechos de las partes respecto de los hijos comunes y, según el caso, las obligaciones alimentarias entre los excónyuges. Es importante destacar que, si uno de los cónyuges carece de medios para su subsistencia, el otro podrá estar obligado a proporcionarle alimentos, siempre que no contraiga un nuevo vínculo matrimonial o una unión marital de hecho. ​

Consideraciones adicionales

Esta reforma busca simplificar y agilizar los procesos de divorcio en Colombia, reconociendo la autonomía individual y reduciendo la necesidad de litigios prolongados que puedan afectar la salud mental y emocional de las partes involucradas y de sus hijos. Además, al permitir que cualquiera de los cónyuges solicite el divorcio sin necesidad de demostrar una causal específica, se espera una disminución en los conflictos asociados a la disolución matrimonial.

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Permite que cualquiera de los cónyuges solicite el divorcio sin necesidad de justificar su decisión ni contar con el consentimiento del otro.

Presentar una demanda con una propuesta sobre obligaciones alimentarias, liquidación de bienes y custodia de hijos.

No puede impedirlo, pero sí objetar la propuesta sobre los efectos del divorcio, en cuyo caso el juez tomará la decisión final.

Se disuelve el matrimonio y la sociedad conyugal, pero se mantienen las responsabilidades económicas y parentales según lo determinado.


Aspecto Descripción +
Nueva causal de divorcio Permite el divorcio por decisión unilateral de uno de los cónyuges. +
Base legal Ley 2442 de 2024, que modifica el artículo 154 del Código Civil. +
Requisitos Presentar una demanda con propuesta sobre bienes, alimentos y custodia. +
Oposición del otro cónyuge No puede impedir el divorcio, pero sí objetar la propuesta de efectos. +
Rol del juez Decide sobre los efectos del divorcio si no hay acuerdo entre las partes. +
Efectos legales Disolución del matrimonio y de la sociedad conyugal, pero persisten deberes parentales y alimentarios. +
Tiempo estimado del proceso Dependerá de la carga judicial y la existencia de acuerdos entre las partes. +


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