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La unión marital de menores: Código de la Infancia y Adolescencia


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Fecha de Publicación: 2023-04-13

La unión marital de menores: Código de la Infancia y Adolescencia

La unión marital de menores: Código de la Infancia y Adolescencia


La unión marital de menores es un tema de gran relevancia en el derecho de familia colombiano y está regulado por el Código de la Infancia y Adolescencia. Este artículo explora los aspectos legales y los derechos de los menores involucrados en estas situaciones, así como las medidas de protección establecidas por la legislación colombiana.

¿Qué es la unión marital de menores?

La unión marital de menores se refiere a la convivencia de menores de edad como si fueran cónyuges, aunque no se haya formalizado un matrimonio civil o religioso. Es importante señalar que en Colombia, la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años, excepto en casos excepcionales donde una persona puede casarse a partir de los 16 años con el consentimiento de sus padres o tutores legales.

Marco legal de la unión marital de menores

La unión marital de menores está regulada principalmente por el Código de la Infancia y Adolescencia de Colombia. Este código tiene como objetivo principal proteger los derechos de los menores y garantizar su desarrollo integral en un ambiente seguro y propicio. El artículo 90 del Código establece que los adolescentes tienen derecho a vivir en un ambiente familiar que les brinde amor, comprensión, seguridad afectiva y económica.

Protección de los derechos de los menores

El Código de la Infancia y Adolescencia es enfático en garantizar la protección de los derechos de los menores involucrados en una unión marital. El artículo 43 establece que los adolescentes tienen derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre su vida sentimental, afectiva y sexual. Además, se prohíbe cualquier forma de violencia, abuso o explotación en estas uniones.

Causas y consecuencias de la unión marital de menores

Las causas que llevan a menores de edad a optar por una unión marital son diversas. Entre ellas, se pueden mencionar factores socioeconómicos, culturales y emocionales. Algunos menores pueden buscar afecto, independencia o estabilidad en una relación de pareja, mientras que otros pueden verse presionados por circunstancias familiares o sociales.

Las consecuencias de la unión marital de menores pueden ser significativas y variadas. Desde el punto de vista legal, estas uniones no tienen validez, lo que significa que los derechos y deberes que normalmente se asocian con el matrimonio no se aplicarán a los menores involucrados. Además, existen riesgos de abuso, explotación y violencia en estas situaciones, que pueden afectar negativamente el bienestar y desarrollo de los menores.

Medidas de protección y apoyo

El Estado colombiano, consciente de la importancia de proteger a los menores involucrados en unión marital, ha establecido una serie de medidas de protección y apoyo. Los Centros Zonales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) juegan un papel fundamental en la identificación, atención y seguimiento de los casos de menores en situación de riesgo.

El ICBF brinda orientación, asesoría y apoyo psicosocial tanto a los menores como a sus familias. Además, implementa programas de prevención dirigidos a informar sobre los riesgos y consecuencias de la unión marital de menores y promover la toma de decisiones informadas y responsables.

La unión marital de menores es un tema sensible y complejo que requiere la atención y protección del Estado y la sociedad en su conjunto. El Código de la Infancia y Adolescencia de Colombia proporciona un marco legal sólido para garantizar los derechos de los menores y promover su desarrollo integral. Es esencial que las instituciones y la sociedad trabajen en conjunto para prevenir y abordar esta problemática, brindando apoyo y oportunidades para que los menores puedan crecer en un ambiente seguro y propicio para su bienestar.

 

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La edad mínima para contraer matrimonio en Colombia es de 18 años, excepto en casos excepcionales donde una persona puede casarse a partir de los 16 años con el consentimiento de sus padres o tutores legales.

La unión marital de menores se refiere a la convivencia de menores de edad como si fueran cónyuges, aunque no se haya formalizado un matrimonio civil o religioso.

Los menores tienen derecho a vivir en un ambiente familiar que les brinde amor, comprensión, seguridad afectiva y económica, y también tienen derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre su vida sentimental, afectiva y sexual.

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) brinda orientación, asesoría y apoyo psicosocial tanto a los menores como a sus familias. Implementa programas de prevención y promueve la toma de decisiones informadas y responsables.


Aspecto Información +
Definición de unión marital de menores Convivencia de menores como si fueran cónyuges, sin formalizar un matrimonio civil o religioso. +
Edad mínima para contraer matrimonio 18 años en Colombia, aunque excepcionalmente es posible a los 16 años con consentimiento de padres o tutores. +
Marco legal Regulado por el Código de la Infancia y Adolescencia de Colombia, enfocado en proteger derechos y desarrollo integral de menores. +
Protección y derechos Los menores tienen derecho a vivir en un ambiente familiar seguro y con afecto, y a decidir libremente sobre su vida sentimental y sexual. +
Medidas de apoyo El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) brinda asesoría, apoyo psicosocial y programas de prevención para proteger a los menores en estas situaciones. +


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