WhatsAppp Tel
¡Click Aquí - Obtén asesoría legal de expertos en Bogotá! ¡Nuestro equipo de abogados está listo para ayudarte con cualquier situación legal!💼💪👨‍⚖️

¿Hasta qué edad se puede exigir cuota de alimentos?


¿Quieres hablar con un abogado ahora mismo?

WhatsApp Aquí: 3164940000

Llámada Aquí: 3182022202


Necesitas asesoramiento legal en cualquier campo? Nuestro equipo de abogados altamente capacitados está disponible para ayudarte. Comunícate hoy para resolver tus problemas legales con confianza.


Fecha de Publicación: 2023-04-13

¿Hasta qué edad se puede exigir cuota de alimentos?

¿Hasta qué edad se puede exigir cuota de alimentos?


En Colombia, la obligación de proporcionar cuota de alimentos tiene alcances legales y se rige por el Código Civil y la jurisprudencia del país. Esta cuota, que puede ser fijada por acuerdo entre los padres o mediante fallo judicial, está destinada a garantizar el bienestar de aquellos que tienen derecho a recibirla. Pero, ¿hasta qué edad se puede exigir esta obligación alimentaria?

Según lo establecido en el artículo 411 del Código Civil colombiano, tienen derecho a recibir una cuota alimentaria el cónyuge o compañero(a) permanente, los descendientes, los hijos matrimoniales, extramatrimoniales y adoptivos, así como los hermanos, entre otros familiares.

En el caso de los hijos menores de edad, la cuota alimentaria generalmente se entrega hasta que estos alcancen la mayoría de edad. Sin embargo, hay algunas excepciones importantes que deben tenerse en cuenta. Si el hijo continúa estudiando después de cumplir la mayoría de edad o si tiene alguna discapacidad física o mental que le impide mantenerse por sí mismo, la obligación de pagar la cuota alimentaria persiste hasta que se supere la situación que lo justifica.

Es importante tener en cuenta que la ley y la jurisprudencia no vinculan de manera rígida la prestación alimentaria a la edad de la persona. En este sentido, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) ha afirmado que el derecho a recibir alimentos no se pierde automáticamente cuando un niño, niña o adolescente que ha recibido cuota alimentaria llega a la mayoría de edad. Si la persona mayor de edad sigue estudiando y puede demostrar que esto le impide atender su propia subsistencia, el derecho protege esa expectativa y, de manera ficticia, extiende esta condición incluso hasta los veinticinco años.

Es fundamental comprender que existe una diferencia entre los derechos de los niños, niñas y adolescentes, cuyos derechos son considerados de "interés superior y prevalente", y los derechos de los mayores de dieciocho años. Aunque estos últimos también gozan de protección estatal, sus derechos no son considerados con la misma prevalencia. Una vez que se alcanza la mayoría de edad, la obligación alimentaria continúa siendo de carácter civil y está respaldada plenamente por el derecho. Además, esta obligación vincula no solo al deudor con el acreedor a través de un vínculo personal, sino también con su patrimonio, lo que significa que incumplir con la cuota asignada por el Juez puede llevar a consecuencias legales.

En resumen, la cuota de alimentos en Colombia se debe hasta que el hijo alcance la mayoría de edad, a menos que continúe estudiando, tenga alguna discapacidad que le impida mantenerse por sí mismo o tenga un impedimento para trabajar y generar su propio sustento. En estos casos, la obligación alimentaria puede extenderse más allá de la mayoría de edad, incluso hasta los veinticinco años si se cumplen las condiciones adecuadas. Es importante que tanto los padres como los beneficiarios de la cuota alimentaria comprendan sus derechos y obligaciones para asegurar una convivencia armoniosa y el bienestar de todos los involucrados.

 

SI TIENES DUDAS O NECESITAS AYUDA CON ASUNTOS RELACIONADOS CON EXONERACIÓN DE CUOTA DE ALIMENTOS, CONTACTA CON NUESTRO BUFETE DE ABOGADOS DE FAMILIA


Nuestro compromiso y la garantía para ti, es la experiencia, profesionalismo y el buen nombre de nuestros abogados, destacados por su alto nivel de conocimientos, pero además, por la calidad humana que destacan todos nuestros clientes. Te acompañaremos hasta tener un resultado final y siempre atenderemos tus necesidades para llegar al mejor resultado posible.

Contacta con uno de nuestros abogados especialistas en derecho de familia hoy mismo, o déjanos tus datos para llamarte o escribirte de inmediato.

Somos el Bufete de Abogados INTEGRITY LEGAL, especialistas en Derecho de Familia y otras áreas del derecho.

Algunas de nuestras intervenciones en medios de comunicación:

ENTREVISTA W RADIO: https://cutt.ly/WRadio

ENTREVISTA NOTICIAS CARACOL: https://cutt.ly/CaracolTV

ENTREVISTA CANAL RCN: https://cutt.ly/CanalRCN

Jimmy Jiménez
Abogado Especialista
Bufete de Abogados – INTEGRITY LEGAL
Cel. – WhatsApp: 304 397 97 50 – 316 494 00 00
USA – New York City Phone: +17743341010
www.abogadosdefamiliacolombia.com
www.integritylegal.co


¿Te gusto este contenido? Comparte este sitio:

dave dave dave dave


¿Quieres hablar con un abogado ahora mismo?

¿Hasta qué edad se puede exigir cuota de alimentos?


Mira nuestro video relacionado
con esta temática

video

La cuota de alimentos se debe pagar hasta que el hijo alcance la mayoría de edad. Sin embargo, puede extenderse si el hijo sigue estudiando, tiene una discapacidad o un impedimento para vivir de su trabajo.

El cónyuge o compañero(a) permanente, descendientes, hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos y hermanos, entre otros, tienen derecho a recibir cuota de alimentos.

Si el hijo continúa estudiando después de alcanzar la mayoría de edad y demuestra que esto le impide mantenerse por sí mismo, la obligación alimentaria persiste, incluso hasta los veinticinco años.

La obligación alimentaria es una obligación civil respaldada por el derecho, y el incumplimiento puede llevar a inasistencia alimentaria y posibles consecuencias legales.


Aspecto Resumen +
Beneficiarios de la cuota El cónyuge o compañero(a) permanente, descendientes, hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos y hermanos, entre otros. +
Duración de la cuota de alimentos La cuota de alimentos se extiende hasta la mayoría de edad, pero puede continuar si el hijo sigue estudiando o tiene alguna discapacidad que le impide mantenerse por sí mismo. +
Vinculación con la edad La prestación alimentaria no está vinculada inexorablemente a la edad de la persona. +
Consecuencias del incumplimiento El incumplimiento de la cuota asignada por el Juez puede llevar a inasistencia alimentaria y consecuencias legales. +


Comenta aquí tu caso:

Verificación de reCAPTCHA fallida, por favor intente de nuevo.

Guillermo 2024-09-11

Estoy pagando cuota alimentaria para mi hija, ya tiene 24 años, continúa estudiando y esta trabajando, tengo continuar pagando esto?



Integrity Legal 2024-09-17

Jimmy Jiménez
Abogado Especialista
Bufete de Abogados – INTEGRITY LEGAL
Cel. – WhatsApp: 310 860 6060 - 316 494 0000
USA – New York City Phone: +17743341010
www.abogadosdefamiliacolombia.com
www.integritylegal.co

¡Gracias por tu comentario! Por favor escríbenos en este momento para brindarte atención inmediata e información completa sobre nuestra consulta legal personalizada con uno de nuestros abogados especialistas. WHATSAPP: +57 310 8606060

¡Click Aquí - Obtén asesoría legal de expertos en Bogotá! ¡Nuestro equipo de abogados está listo para ayudarte con cualquier situación legal!💼💪👨‍⚖️