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El fallo de tutela que amenaza el derecho al aborto en Colombia


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Fecha de Publicación: 2023-04-13

El fallo de tutela que amenaza el derecho al aborto en Colombia

El fallo de tutela que amenaza el derecho al aborto en Colombia


En un reciente fallo de tutela en Colombia, se ha generado una gran controversia en torno al derecho al aborto y la protección de los derechos reproductivos de las mujeres. Este caso involucra a una joven indígena perteneciente al cabildo Poliandara de Totoró, Cauca, quien decidió practicarse un aborto debido a su situación personal. A pesar de encontrarse en la semana 23 de gestación, la joven consideró que no estaba en condiciones de llevar a cabo un embarazo ni de criar a un hijo.

La joven acudió a su servicio de salud asignado, que corresponde a la AIC EPSI, una EPS de jurisdicción indígena que opera en la región de Cauca. La EPS contactó al cabildo indígena para obtener el permiso necesario para llevar a cabo el procedimiento de aborto, pero el cabildo se negó rotundamente. Esta negativa trajo consigo una serie de dificultades tanto físicas como mentales para la joven.

La tutela presentada por la joven tenía fundamento en el incumplimiento de la sentencia C-055 de 2022, la cual permite el acceso al aborto sin causales hasta la semana 24 de gestación. Sin embargo, el fallo de esta tutela generó una gran confusión, ya que los magistrados de la sala cuarta de Revisión determinaron que el aborto no es un derecho fundamental y, por lo tanto, los prestadores de servicios de salud no están obligados a practicar este procedimiento.

Esta posición contradice la sentencia C-055 y pone en riesgo los derechos reproductivos de las mujeres en Colombia. El revuelo causado por este fallo fue tan significativo que el movimiento Causa Justa y la joven afectada solicitaron la anulación de la tutela. Argumentaron que la Corte Constitucional ha ratificado en dos ocasiones anteriores el pleno acceso al aborto, incluso rechazando todas las nulidades presentadas en contra de la sentencia C-055 en mayo de este mismo año.

Expertos constitucionalistas como Esteban Hoyos afirman que este fallo de tutela afecta únicamente a las partes involucradas en el caso específico, es decir, el cabildo indígena, la EPS AIC EPSI y la joven que interpuso la tutela. Sin embargo, no debería permitirse que una sala de revisión de tutelas, compuesta por tres magistrados, se aparte del precedente establecido por la Corte en su Sala Plena. El precedente sigue siendo vigente y debe ser aplicado por los jueces en casos similares.

Ana Cristina González, líder del movimiento Causa Justa, también afirma que la Corte Constitucional, incluyendo su sala cuarta, no tiene competencia para suspender la ejecución de la sentencia C-055. La sentencia sigue vigente y no puede ser suspendida por ninguna instancia.

Sin embargo, existe la preocupación de que este fallo pueda ser utilizado por otros prestadores de servicios de salud como excusa para negarse a practicar abortos, ya que la Corte ha establecido que el aborto no es un derecho fundamental.

Según los expertos, la única forma de evitar que este fallo de tutela obstaculice la ejecución de la sentencia C-055 es que el Congreso colombiano promueva una ley sobre los derechos reproductivos. Es fundamental que se aborde el tema del aborto mediante un debate informado y se establezcan marcos legales claros que protejan los derechos de las mujeres. El Congreso tiene la responsabilidad de legislar de acuerdo con la sentencia C-055 y garantizar que se respeten los derechos reproductivos de las mujeres.

En resumen, este fallo de tutela ha generado una gran controversia en torno al derecho al aborto y los derechos reproductivos de las mujeres. Aunque afecta únicamente a las partes involucradas en el caso específico, existe el temor de que pueda sentar un precedente para que otros prestadores de servicios de salud se nieguen a practicar abortos. Para evitar posibles obstáculos a la sentencia C-055, es crucial que el Congreso colombiano promueva una legislación clara que proteja los derechos reproductivos de las mujeres y garantice su pleno acceso al aborto en los casos permitidos por la ley.

 

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El fallo de tutela implicó que los prestadores de salud no estén obligados a practicar el aborto, contradiciendo la sentencia C-055 que permite el acceso al aborto sin causales hasta la semana 24 de gestación.

El fallo de tutela pone en riesgo los derechos reproductivos al afirmar que el aborto no es un derecho fundamental, lo que podría ser utilizado por otros prestadores de salud para negarse a practicar el procedimiento.

En este caso particular, la joven indígena se vio afectada por la negativa del cabildo indígena a permitir el aborto, generando dificultades físicas y mentales para ella.

La solución propuesta es que el Congreso colombiano promueva una ley sobre los derechos reproductivos que garantice un debate informado y establezca marcos legales claros para proteger los derechos de las mujeres.


Tema Descripción +
Fallo de tutela y el derecho al aborto El fallo de tutela ha generado controversia en torno al acceso al aborto y los derechos reproductivos de las mujeres. +
Incumplimiento de la sentencia C-055 El cabildo y la EPS no cumplieron la sentencia C-055 que permite el acceso al aborto sin causales hasta la semana 24. +
Confusión generada por el fallo El fallo de la Corte Constitucional produjo una confusión sobre el estatus del aborto como derecho fundamental. +
Posible impacto en la práctica médica El fallo podría ser utilizado por otros prestadores de salud como justificación para negarse a practicar abortos. +
Necesidad de legislación clara Se requiere una ley del Congreso que proteja los derechos reproductivos y garantice el acceso al aborto en Colombia. +


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