¿Cómo se tramita el divorcio unilateral?
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¿Cómo se tramita el divorcio unilateral?
El divorcio unilateral en Colombia, introducido por la Ley 2442 del 27 de diciembre de 2024, permite que cualquiera de los cónyuges solicite la disolución del matrimonio sin necesidad de justificar causales específicas ni contar con el consentimiento del otro. A continuación, se detalla el proceso para tramitar este tipo de divorcio:
1. Presentación de la demanda
El cónyuge interesado debe presentar una demanda de divorcio ante un juez de familia. Esta demanda debe estar acompañada de una propuesta que incluya las medidas para regular los efectos derivados del divorcio, tales como:
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Obligaciones alimentarias: Se debe especificar la cuantía y forma de cumplimiento de las obligaciones alimentarias entre los cónyuges y, si existen hijos, hacia ellos.
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Custodia y régimen de visitas: Establecer quién tendrá la custodia de los hijos menores y cómo se manejará el régimen de visitas.
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Liquidación de la sociedad conyugal: Proponer la forma en que se dividirán los bienes adquiridos durante el matrimonio.
Es importante destacar que, aunque no se requiere el consentimiento del otro cónyuge para iniciar el proceso, este tiene derecho a oponerse al contenido de la propuesta presentada, ofreciendo una alternativa.
2. Notificación al cónyuge demandado
Una vez presentada la demanda, el juez notificará al otro cónyuge, quien podrá:
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Aceptar la propuesta: Facilitando así un proceso más ágil.
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Presentar una contrapropuesta: Si no está de acuerdo con los términos iniciales, puede proponer modificaciones.
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Oponerse al divorcio: Aunque no puede impedir la disolución del matrimonio, puede argumentar en contra de los términos propuestos, especialmente si considera que el demandante ha incurrido en alguna de las otras causales de divorcio.
3. Intervención del juez
El juez evaluará las propuestas de ambas partes y, en caso de desacuerdo, determinará las medidas que regulen los efectos del divorcio, siempre velando por el interés superior de los hijos y la equidad entre los cónyuges.
4. Sentencia de divorcio
Tras analizar las propuestas y posibles oposiciones, el juez emitirá una sentencia que oficializa el divorcio y establece las condiciones finales respecto a alimentos, custodia, régimen de visitas y liquidación de bienes.
Consideraciones adicionales
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Obligaciones alimentarias: El cónyuge que carezca de medios para su subsistencia tiene derecho a recibir alimentos, siempre que no contraiga un nuevo vínculo matrimonial o una unión marital de hecho.
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Proceso notarial: El divorcio unilateral no puede ser tramitado ante notario a menos que, durante el proceso judicial, el cónyuge demandado consienta en el divorcio y se tramite por mutuo acuerdo.
En conclusión, la Ley 2442 de 2024 simplifica el proceso de divorcio en Colombia al permitir que cualquiera de los cónyuges solicite la disolución del matrimonio por su sola voluntad, garantizando así el respeto a la autonomía individual y la protección de los derechos de todas las partes involucradas.
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Aspecto | Descripción | + |
Requisitos | Uno de los cónyuges debe presentar la demanda sin necesidad del consentimiento del otro. | + |
Autoridad competente | El trámite se realiza ante un juez de familia. | + |
Efectos sobre los hijos | Se debe definir la custodia, régimen de visitas y obligaciones alimentarias. | + |
Liquidación de bienes | Se propone la división del patrimonio conyugal. | + |
Oposición del otro cónyuge | Puede presentar una contrapropuesta, pero no impedir el divorcio. | + |