Adopción internacional mayor de edad
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Adopción internacional mayor de edad
La adopción es un proceso legal que generalmente se asocia con menores de edad, pero en Colombia también es posible la adopción de personas mayores de edad en ciertos casos específicos. Este procedimiento cobra especial relevancia en el contexto internacional, donde ciudadanos extranjeros pueden solicitar la adopción de adultos colombianos bajo ciertas condiciones.
¿Es posible adoptar a una persona mayor de edad en Colombia?
Sí, el Código de Infancia y Adolescencia de Colombia permite la adopción de mayores de edad bajo circunstancias excepcionales. Según el artículo 69 de esta normativa, un mayor de edad puede ser adoptado cuando haya existido una relación previa de crianza o custodia entre el adoptante y el adoptado antes de que este último alcanzara la mayoría de edad. Esto significa que no cualquier persona adulta puede ser adoptada, sino solo aquellas que hayan tenido un vínculo familiar o de dependencia con el adoptante.
Requisitos para la adopción de un mayor de edad
Para que se autorice la adopción de una persona adulta, deben cumplirse ciertos requisitos:
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Vínculo previo: Debe demostrarse que existió una relación de custodia, crianza o dependencia antes de que el adoptado cumpliera 18 años.
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Consentimiento del adoptado: Al tratarse de un mayor de edad, este debe expresar de manera libre y voluntaria su deseo de ser adoptado.
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Capacidad del adoptante: La persona que adopta debe ser mayor de 25 años y contar con capacidad legal para asumir la responsabilidad de adoptante.
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Autorización judicial: La adopción debe ser aprobada por un juez de familia, quien verificará el cumplimiento de todos los requisitos legales.
Proceso de adopción internacional de un mayor de edad
Cuando un ciudadano extranjero desea adoptar a un adulto colombiano, debe seguir un procedimiento que garantice el cumplimiento de las normas nacionales e internacionales.
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Presentación de la solicitud: El adoptante debe radicar la solicitud de adopción ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) o la entidad competente, adjuntando los documentos requeridos.
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Evaluación del caso: Se verificará que exista el vínculo previo entre adoptante y adoptado, así como la idoneidad del adoptante.
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Consentimiento del adoptado: Al ser mayor de edad, la persona adoptada debe manifestar su aceptación del proceso.
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Decisión judicial: Un juez de familia evaluará el caso y emitirá la sentencia de adopción si se cumplen los requisitos legales.
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Inscripción en el registro civil: Una vez aprobada la adopción, se actualizan los datos del adoptado en el registro civil de Colombia.
Efectos legales de la adopción de mayores de edad
Una vez concedida la adopción, el adoptado adquiere todos los derechos y deberes de un hijo biológico, incluyendo el cambio de apellidos, el acceso a la nacionalidad del adoptante (según las leyes del país extranjero) y derechos sucesorales.
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Aspecto | Descripción | + |
Requisitos | Vínculo previo de crianza, consentimiento del adoptado, capacidad del adoptante y autorización judicial. | + |
Edad del adoptante | Debe ser mayor de 25 años y tener capacidad legal para adoptar. | + |
Consentimiento del adoptado | Al ser mayor de edad, debe aceptar voluntariamente la adopción. | + |
Intervención judicial | Un juez de familia debe aprobar la adopción tras verificar los requisitos legales. | + |